INTRODUCCIÓN.
El maltrato a los animales es un mal endémico (habitual) en nuestra ciudad y leyes existentes a nivel nacional no cumplen su función, el problema se hace cada vez más insostenible, ya que, por doquier se evidencia el maltrato a estos animales especialmente de compañÃa, desde el hecho de dañarlos fÃsicamente, asà como los casos de abandono indiscriminado de animales en una ciudad totalmente congestionada de movilidades y transeúntes, esta indiferencia que en esencia es ignorancia
¿Si una familia puede considerar a su mascota como un miembro más de ella, porque el Estado, no puede considerarlo como un miembro más de la sociedad? Es asà que nace esta inquietud de realizar una investigación sobre el maltrato a los animales de compañÃa ya que son estos los que sufren a diario todo tipo de agresiones por parte de las personas puesto que este tipo de animales están bajo el cuidado del mismo, y a causa de esto proponemos un proyecto de ley en base a la Declaración Universal del Bienestar Animal a nivel nacional que los ampare y proteja a los animales de compañÃa contra todo tipo de maltratos permitiendo que se reduzcan los maltratos hacia los animales y que las personas tomen enserio este problema.
La sociedad en todo el mundo ha adoptado diferentes “modas†entre tantas que existen, una de las más adoptadas es la de introducir mascotas como miembros de sus familias.
Pero esto también con lleva varias responsabilidades los cuales no son cumplidos lo cual genera nuevas formas de violencia estas actitudes son muchas veces a causa de la mala situación económica por parte de los dueños, falta de desconocimiento u otras varias circunstancias las cuales desencadenan varias formas de violencia las mismas están señaladas dentro de la ley 700 y se encuentran tipificadas dentro del Código Penal Boliviano.
Pese a que existe normativa vigente como la ley 700 que protegen a los animales para evitar el maltrato hacia ellos, aun se ve en la sociedad actividades que producen daño a los animales que muchas veces se encuentran muy desprotegidos, pese a que existen instituciones que velan por los derechos de los animales, pero estas no se dan abasto para cubrir todas las áreas en la cuales se producen maltrato animal.
CAPITULO I
1.1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA.
Las sociedades avanzan y se transforman y junto a ella la tenencia de animales “domésticos†y “silvestres†como mascotas se ha convertido en una “modaâ€, pero también el maltrato hacia ellos es más frecuente, son varios los factores como: la pobreza económica por la cual atraviesan los propietarios, en el contexto nacional el desconocimiento de la ley 700 por parte de la sociedad, la falta de capacitación por parte de las instituciones llamadas a tratar el tema, la sobrepoblación es un factor muy importante y la ambigüedad de la normativa legal que no establece con claridad los alcances que tiene la ley 700.
La mayor parte de la sociedad lamentablemente desconoce la ley 700 (en detalle) y más aún existe un desconocimiento casi total de los alcances de la ley, con respecto a los tratos crueles y hasta la muerte de animales “domésticos†y “silvestresâ€.
En este contexto es necesario y urgente determinar de manera clara los alcances de la ley 700 y más aún la planificación para la socialización con el compromiso y participación de la sociedad civil en su conjunto, contar con el compromiso firme y desinteresado de las instituciones encargadas del control y del cumplimiento de la ley en cuestión, para de esta manera reducir el maltrato y muerte de animales y alegar desconocimiento.
1.1.1. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA
¿Son suficientes los mecanismos de protección de la ley 700 para la tenencia de animales contra actos de crueldad y de maltrato?
1.2. DELIMITACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN
1.2.1. Delimitación espacial
La presente investigación se realizará en la ciudad de La Paz en el municipio de Achocalla.
1.2.2. Delimitación temporal
La investigación se realizará tomando en cuenta las gestiones 2015 hasta la
fecha.
1.2.3. Delimitación temática
La investigación se desarrollará en el marco del derecho penal.
1.3. JUSTIFICACIÓN
1.3.1. Justificación temática
La investigación se realizará con la finalidad de aportar al conocimiento actual sobre los alcances de la ley 700 y de la situación actual de maltrato que sufren los animales cuyos resultados podrán ser positivados y ser incorporados a la actual normativa.
1.3.2. Justificación práctica
La investigación se materializará por que se observó la existencia de mejorar y clarificar la ley 700 en torno a sus alcances y para concientizar a la sociedad acerca del maltrato del cual son presas los animales.
1.3.3. Justificación legal
El tema de investigación está enmarcado en la Constitución polÃtica del Estado, Tratados Internacionales, la ley 700, Código Penal y normativa Municipal.
1.4. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN
1.4.1 Objetivo general
Analizar dogmáticamente la ley 700 para la defensa de los animales contra actos de crueldad y maltrato.
1.4.2. Objetivos especÃficos
 Identificar las caracterÃsticas de la ley 700 y sus alcances para demostrar la ambigüedad y contradicción de la misma.
 Profundizar en la disposición final de la ley 700 que desvirtúa en gran parte de su contenido a la mencionada ley.
 Describir las caracterÃsticas del maltrato que sufren los animales.
1.4.3. HIPÓTESIS
Los mecanismos de protección de la ley 700 para prevenir el maltrato animal son muy poco efectivas e insuficientes ya que se nota una disminución mÃnima en lo que respecta al maltrato hacia los animales, con el análisis dogmático que realizare de la presente normativa legal demostrare que no está cumpliendo con el objetivo por el cual fue promulgado.
1.4.4. VARIABLES
1.4.4.1 Variable Independiente
La propuesta de un cambio en la norma jurÃdica que responsabilicé y sancioné a las personas que cometan abusos contra los animales.
1.4.4.2. Variables Dependientes
Reducción de maltratos permitiendo un trato de acuerdo a caracterÃsticas internacionales de consideración y respeto.
1.4.4.3. Nexo lógico
Penas más graves o largas serán causa de temor sano en la sociedad y significa disminución del maltrato hacia los animales.
CAPITULO II
MARCO REFERENCIAL
2.1 MARCO HISTÓRICO.
2.1.1. ORIGEN DE LOS ANIMALES DE COMPAÑÃA
Un animal de compañÃa o mascota es un animal doméstico conservado con el propósito de brindar compañÃa al ser humano. A diferencia de los animales para la crianza o ganado, animales de tiro, animales para el transporte o animales para el deporte; los animales de compañÃa no son conservados para traer beneficios económicos o alimenticios.
La domesticación de los animales de compañÃa ha sido un proceso gradual, posiblemente comienza en la Edad de Piedra (13.000 A.C). No es raro ver en la historia a animales junto con las personas en las pinturas como en el antiguo Egipto. Aunque los animales de compañÃa más famosos de Egipto eran los gatos, considerados inmortales y objeto de culto divino. Eran enterrados con sus amos e incluso estaba prohibido sacarlos fuera del paÃs como veremos más adelante .
Los animales de compañÃa son seleccionados por su comportamiento y adaptabilidad, y por su interacción con los humanos, en la que posiblemente se utilicen como herramientas de caza o seguridad. Se cree que el ser el dueño de una mascota puede traer a la salud consecuencias tanto positivas como negativas.
2.1.2. PREHISTORIA En la prehistoria las sociedades primitivas tenÃan una extraordinaria dependencia de los animales domésticos y salvajes no solo para la alimentación, sino para la vestimenta, transporte, compañÃa y otros. El hombre nunca podÃa haber logrado todo esto sin tener alguna consideración por los animales.
2.1.3. HISTORIA Los animales de compañÃa, a través de la historia, han cumplido muchas tareas en beneficio del hombre y éste no solo ha gozado de las actividades que estos animales realizan para él, sino también de su compañÃa y cariño. A continuación, se desarrolla las diferentes etapas de la historia como acompañaron los animales a los seres humanos.
2.1.4. EDAD ANTIGUA En la edad antigua, los animales también eran explotados por los humanos para comida, vestido, u otras razones pero de forma más respetuosa, la costumbre de muchos pueblos de las primeras etapas de la vida humana en la tierra de conseguir comida de la caza y la pesca y, posteriormente, de la ganaderÃa eran las primeras formas de uso de los animales y lo distinguiéremos en diferentes culturas y etapas de la historia.
2.1.5. EDAD MEDIA En la Edad Media (oscurantismo), el destino, de, determinada especie como son los felinos, se vuelve dramática, pues se les tilda de diabólicos por lo que son objeto de toda forma de superstición que dura hasta nuestros dÃas. Siendo utilizados por magos y hechiceros sufrÃan procesos, al igual que sus amos, cuyas sentencias decretaban a menudo la muerte en la hoguera. La Inquisición reunÃa en la misma hoguera a los herejes, a las brujas, a los asesinos y a los gatos en la noche de San Juan. En las grandes plazas de los municipios, los lugareños erigÃan hogueras en las que echaban a los gatos que habÃan capturado.
Probablemente, aquella atmósfera de oscurantismo y magia negra, contribuyó a crear fantásticas creencias, hizo creer a los temerosos, que los gatos eran encarnaciones de Satanás, también se los asociaba a la mala suerte y el mal, y peor aún si el gato era de color negro, color que se asociaba al diablo, una única mancha blanca en el pecho o en el cuello les concedÃa clemencia ya que se consideraba que era una manifestación divina.
En la edad media no faltaron algunas personas que se pronunciaron sobre este tema como por ejemplo Santo Tomas de Aquino (1224 s 1274) el intérprete de la cristiandad medieval, decÃan que los animales estaban poseÃdos por espÃritus malignos, los animales (principalmente los, gatos, perros y otros animales) fueron considerados como carentes de alma y durante doce siglos fueron fÃsicamente sometidos a juicio en toda Europa y las colonias americanas. Sufrieron degradación pública y mutilaciones; fueron quemados, enterrados vivos, torturados, y estrangulados, con la bendición de la Summa Theologica de Aquino, que proclamó que los animales poseÃdos por las fuerzas del infierno podÃan legÃtimamente ser castigados como satélites (sometidos) de Satán.
2.1.6. EDAD MODERNA La edad moderna (desde 1453 o 1492 a 1789) A medida que la humanidad se modifica y se aparta cultural y socialmente del mundo natural, los animales juegan un papel cada vez más ambivalentes en las sociedades humanas como sÃmbolos totémicos y como compañeros. Los animales de compañÃa como los gatos empiezan a considéralos un animal familiar, gracias a los descubrimientos cientÃficos, y a los inicios de la explicación de la naturaleza y de la transmisión de las enfermedades por los microbios y no por las brujas, se demuestra que el gato es un ejemplo de higiene y que se lava hasta veinte veces al dÃa. El don que tiene el felino para cazar ratones vuelve a ser apreciado, y el primer felino vendido en Paraguay fue intercambiado por un lingote de una libra de oro. Y el perro este animal de compañÃa ya no estuvo reservado a los soberanos y grandes señores; asÃ, los burgueses también se hacÃan retratar con sus perros favoritos, pero éstos ya no eran sólo animales de caza, sino también pequeños perros ratoneros capaces de defender sus mercancÃas contra los roedores, o perros falderos que acompañan a las damas.
Vista la situación anterior parece que solo podÃa mejorarse en las concepciones sobre la posición de los animales y dicha mejora se produce con la Ilustración, pues es en esta época donde comienza a vislumbrarse (distinguirse) un cambio ideológico en el pensamiento y ello hizo que se llegara a reconocer, aunque pausadamente, que los otros animales sufren y que son, asimismo, merecedores de una cierta consideración.
Que en ese periodo en el que se acuña la expresión “tratamiento benigno†estableciéndose una actitud benévola que comenzó a tratar en la época y por eso que se apunta la situación de tener el derecho a utilizar a los animales, pero con gentileza. De este modo, se transmite la situación de una mayor benevolencia, una menor brutalidad en virtud de un superior refinamiento y civilidad inherente a la ilustración.
2.1.6. LA ACTUALIDAD Los animales de compañÃa, el perro que antes era utilizado solo para la caza, dejó de ser una ocupación reservada a reyes y grandes señores; fueron abolidos los privilegios de la caza en algunos lugares y se empezó a emplear las armas de fuego en la caza mayor; todo esto hizo que disminuyera el tamaño de los perros de caza y los criadores seleccionaron otros de tamaño más pequeño, como Bracos, Spaniels, Setters, Cockers y Pointers, entre otros. Al perro a finales del siglo XIX o principios del XX se le empieza a apreciar por su sociabilidad y se comienzan a crear unos cánones estéticos no sólo para los perros de compañÃa y entretenimiento, sino también para los de guarda y pastor. Se mejoran las condiciones de alimentación y cobijo, incluso en los medios rurales comienzan a interesarse por sus perros y a admitir su utilidad. Los gatos en esta época por su don que tiene para cazar vuelven ser apreciado sus servicios son ofrecidos en tiendas, oficinas, almacenes, granja y navÃos.
También en el mundo artÃstico ayudara también a la rehabilitación del pequeño felino gracias especialmente al movimiento romántico. Las creencias y supersticiones que encontramos hoy en dÃa alrededor de los gatos y de sus caracterÃsticas maléficas son los últimos rastros del miedo y de la desconfianza resultante de los siglos pasados .
2.2. MARCO TEORICO.
“El término “maltrato animal†es definido por Lockwood (1993) representa un comportamiento objetivable es socialmente inaceptable que causa de manera intencional un sufrimiento, angustia hasta la muerte innecesaria de un animalâ€
La teorÃa de la Liberación Animal propone que, la consideración igualitaria de los intereses de todos los seres, el estatus de la propiedad que tienen los animales en la actualidad debe desaparecer para que el ser humano entienda que los animales no puedan ser tratados como recursos o como medios para el cumplimiento de los fines humanos, sino como fines en sà mismos.
2.2.1. RELACIÓN ENTRE MALTRATO A ANIMALES, ABUSO A NIÑOS Y VIOLENCIA EN HUMANOS
"No todo individuo que haya maltratado a animales acabará siendo un asesino en serie, pero casi todos los asesinos en serie cometieron actos de crueldad con animales"
"La crueldad hacia los animales no es una válvula de escape inofensiva en un individuo sano...es una señal de alarma"
En la cultura occidental actual encontramos alusiones a la violencia en casi todos los ámbitos donde nos movemos. Es conocido el hecho de que ser testigo de un acto violento puede desencadenar agresión y desórdenes de ansiedad como estrés agudo y post-traumático, problemas de relación, y una disrupción en el desarrollo de la empatìa Osofsky, (1995) (Journal of the American Medical Association)
Teniendo en mente que en el Manual de Transtornos de la APA y en el DSM-IV figura el trastorno de conducta (caracterizado entre otros sìntomas por crueldad hacia animales y/o humanos), la violencia hacia los animales podrìa tener un valor predictivo de violencia hacia humanos (ya sea como malos tratos domésticos hacia el cónyuge, la mascota, los hijos, como asesinatos en serie o como asesinatos en masa...)
En estudios comparativos se ha visto una mayor incidencia de antecedentes de abuso a animales siendo niños en presidiarios por crimen violento respecto a un grupo de hombres no violentos no encarcelados (Kellert & Felthous, 1985, entre otros trabajos). Se encontraron también antecedentes de crueldad con animales en exhibicionistas (30%), acosadores sexuales (36%), acosadores sexuales encarcelados (46%), violadores convictos (48%) y asesinos adultos (58%) Ascione, (1993).
El FBI conoce la relación y la utiliza en la elaboración de perfiles de asesinos en serie. Algunos de los más conocidos como Jeffrey Dahmer, Alberto DeSalvo, David Berkowitz o el "Vampiro de Dusseldorf" empezaron sus fantasìas de torturas y crueldad con animales no humanos. En un estudio de 36 asesinos múltiples convictos llevado a cabo por el FBI en 1970, el 46 % declararon haber torturado animales durante su adolescencia.
Hope (Esperanza) es el nombre de esta gata que sufrió indecibles torturas a manos de un grupo de adolescentes. Fue golpeada, quemada, cegada, mutilada... afortunadamente alguien la recogió y se recupera favorablemente. Los agresores fueron detenidos. Este caso alertó a mucha gente sobre la necesidad de una educación adecuada para prevenir la crueldad con animales y la posible ulterior crueldad hacia humanos, asì como el desarrollo de programas de intervención adecuados.
2.2.2. CUANDO UN NIÑO MALTRATA UN ANIMAL
"Un niño que crece rodeado de agresión contra cualquier ser vivo tiene más probabilidad de violar, abusar o matar a humanos cuando sea adulto" (Kellert & Felthous, 1985)
"Mientras se deliberaba la pena de muerte para el pedófilo y asesino de niños Jesse K. Timmendequas, se desveló que de niño sufrió durante muchos años abuso fìsico y sexual y que se le obligaba a ver cómo se torturaba a sus mascotas para que se mantuviera en silencio" (New York Times, 6/11/97).
Los niños reciben desde temprana edad, contacto con imágenes de animales (e incluso, la mayorìa de ellos conviven con una o varias mascotas). De éstos aprenden a ser responsables a desarrollar empatìa, afecto incondicional y muchos adquieren su autoestima como consecuencia de su relación con su animal de compañìa.
Desafortunadamente, en familias problemáticas, los niños pueden aprender que los animales pueden ser maltratados e incluso que la conducta agresiva es aceptable hacia humanos (White & Shapiro, 1994). Algunos niños se identifican con el agresor (que puede maltratarlos a ellos o al cónyuge además de a las mascotas) y se convierten ellos mismos en agresores (Gil, 1994).
Un estudio de la New Jersey Public Child Protection Agency, revela que en el 88% de las familias donde se habìa maltratado a niños, también se habìa maltratado a animales. En el 66% de los casos el progenitor agresor habìa matado o herido a la mascota para inculcar disciplina al hijo (DeViney, Dickert & Lockwood,1983)
Según los expertos, pueden identificarse unos rasgos comunes en niños/adolescentes que presentan violencia escolar (incluyendo asesinatos en masa):
• Se sienten inferiores y criticados
• Presentan comportamientos violentos/agresivos de diferentes maneras y no en un episodio aislado.
• Son rechazados repetidamente, lo que contribuye al incremento progresivo de su agresividad.
• Niños aislados mientras sufren daño emocional.
• Los adultos no prestaron la suficiente atención a signos de alarma (como el maltrato a animales, ya que no se consideró a los animales como vÃ-ctimas si no como una propiedad). Hay jóvenes que cometen actos de crueldad hacia animales como sìntomas de una psicopatologìa y, a veces, acompañados de una historia familiar problemática.
Además de las caracterìsticas arriba enumeradas, su "perfil" puede incluir:
• Diagnóstico de trastorno de conducta.
• Falta de cuidados y/o malos tratos (abuso fìsico, abuso sexual o emocional, no atención médica, etc.).
• Violación de las normas sociales y los derechos humanos y animales básicos.
• Perpetrar actos criminales violentos o no, incluyendo los relativos a la propiedad.
• Baja autoestima y elevada susceptibilidad a la presión de otras personas.
• Poco control de la agresividad fìsica y la ira (empiezan las peleas, se auto-mutilan, o agreden a otras personas o animales).
• Rechazo real o percibido erróneamente y sentimiento de ser criticados y/o perseguidos.
• Falta de control de impulsos.
• Sentimientos de falta de poder e inferioridad.
• Capacidad no adecuada de relacionarse socialmente en la mayorìa de ámbitos.
• Exceso o falta de apego.
• Falta de apoyo e inculcación de valores básicos por parte de los padres.
Los animales son a menudo maltratados a suerte de venganza, sobre todo por parte de hombres que maltratan a sus parejas (correlación que se da en el 71% de las mujeres que acudieron en busca de ayuda) Ascione, (1996). Curiosamente, el hombre es a veces quien regala el animal a la mujer o al hijo para poder ejercer su poder y manipularlos a través del animal.
En hogares abusivos, del 86 % de mujeres que tenìan un animal de compañìa, un 80% refirió que sus animales eran también vìctimas de malos tratos. (Quinlisk, 1995).
Un problema que se empezó a detectar en EEUU es que muchas mujeres maltratadas volvìan a sus hogares o no se atrevìan a escapar ya que no encontraban la manera de llevarse consigo a su mascota (los refugios estaban saturados, los hombres amenazaban con matar al animal si la mujer no volvìa, etc.). Para evitar esto, se empezó a desarrollar un programa llamado Companion Animal Rescue Effort (CARE), donde se coordina la atención a mujeres y niños maltratados con la búsqueda lugar donde alojar al animal
2.2.3. ALGUNOS ASESINOS EN SERIE QUE COMENZARON MALTRATANDO ANIMALES
2.2.3.1 EDMUND EMIL KEMPER III
Edmund Kemper fue condenado en 1973 por 8 cargos de asesinato en primer grado (8 mujeres incluyendo a su propia madre). A los 13 años mataba a los gatos del vecindario (a veces enterrándolos vivos), ponìa sus cabezas en estacas y hacìa conjuros con sus "trofeos". Cortó a rebanadas la cabeza de un gato con un machete, decapitó a su propio gato y lo troceó... Exactamente lo mismo que hizo con su madre años más tarde...
2.2.3.2 ALBERT DE SALVO
El "Estrangulador de Boston" mató a 13 mujeres en 1962-3, pero fue sentenciado a cadena perpetua por robo armado, asalto y delitos sexuales hacia 4 mujeres. Cuando era joven, atrapaba gatos y perros en jaulas y se divertìa lanzándoles flechas a través de las rejas.
2.2.3.3 LUKE WOODHAM (Pearl, MS)
A los 16 años, Luke Woodham apuñaló hasta la muerte a su madre y luego se dirigió al Instituto, donde disparó a sus compañeros, asesinando a 2 e hiriendo a otros 7. Anteriormente, Woodham habìa relatado en su diario cómo pegó, quemó y torturó a su perro, Sparkle, hasta la muerte, describiendo esta atrocidad como "verdadera belleza". Un vecino fue testigo de parte de la tortura a Sparkle, pero no lo denunció (seguramente nunca hubiera imaginado lo que puede esconderse detrás de semejante acto, a parte de la crueldad intrìnseca)...En junio de 1998 se le declaró culpable de 3 asesinatos entre otros delitos, por los que fue sentenciado a más de 3 cadenas perpetuas.
2.2.3.4. KIP KINKEL (Springfield, OR)
A los 15 años asesinó a sus padres e incendió la cafeterìa de su Instituto, causando la muerte a 2 alumnos e hiriendo a otros 22. "Siempre nos explicaba lo que hacìa con los animales... Le gustaba torturarlos y contárnoslo. Decapitaba gatos, viviseccionaba ardillas..." declaró un compañero de fútbol americano de Kip Kinkel, en el New York Times 5/22/98 En el mismo artìculo, un compañero de clase afirmaba que "He had a short temper... He said he blew up a cow once. Durante el asalto a la cafeterìa su cara era normal, parecìa que lo hiciera cada dìa..." -Y lo hacìa cada dìa, pero nadie lo tomaba en serio si sus vìctimas tenìan 4 patas-agregó el columnista del Denver Post Chuck Green.
2.2.3.5. ERIC HARRIS y DYLAN KLEBOLD (Littleton, CO)
Eric Harris, 18, and Dylan Klebold, 17, allegedly llevaron pistolas y pipe bombs a su Instituto y asesinaron a 12 estudiantes y un profesor antes de suicidarse. Varios amigos afirmaron que a Harris le gustaba aplastar las cabezas de ratones con una regla y prenderles fuego. Según la prensa, el Reverendo Don Marxhausen, que ofició el funeral de Dylan Klebold, dijo "Sì, los padres sabìan que el chico tenìa armas de fuego en casa, pero creìan que era para disparar a pájaros carpinteros."
La organización Psychologists for the Ethical Treatment of Animals (PSYETA) ha desarrollado un tratamiento llamado AniCare que se aplica a quienes han maltratado animales (suelen entrar en el programa remitidos por el Juzgado). Se utiliza una aproximación cognitiva y comportamental con intervenciones directas y enfatizando la necesidad de responsabilizarse de las acciones de uno mismo.
Es un tratamiento similar al Jory que se utiliza en caso de personas que maltratan a parejas, hijos, etc.
AniCare está siendo utilizado por profesionales de la salud para contribuir al estudio de las personas que maltratan animales y se han solicitado a PSYETA workshops donde se explica cómo ponerlo en funcionamiento.
Cuando aún no sabemos si es posible reinsertar a un psicópata en la sociedad es obvio decir que AniCare no está dirigido a personas con patologìas graves o con un trastorno de la personalidad antisocial, pero resulta útil en los casos en que aún es posible romper el cìrculo de la violencia.
2.2.4. TEORÃA DE SINGER.
La teorÃa de Singer es muy criticada por que a nombre de la condición igualitaria y aparentemente de acuerdo con lo propuesto por Bentham, no solo pone animales en el mismo nivel de consideración que los seres humanos, sino que a veces los sitúa en uno superior ¨ Un caballo o un perro adulto son sin comparación animales mucho más racionales y mucho más sociables que una criatura humana de un dÃa, una semana o incluso de un mes. Sin embargo, Singer procura en sus afirmaciones que se logre un equilibrio en cuanto a la consideración de todos los seres, cambiando la actual escala de los valores.
La teorÃa de los Derechos de los Animales de Tom Regan, filósofo estadounidense, lÃder del movimiento de los derechos de los animales y profesor de la cátedra de los derechos de los animales, en varias universidades de Estados Unidos es uno de los primeros filósofos en atribuir derechos a los animales, afirmando que estos son sujetos y no objetos de derechos.
2.2.5.MARÃA LAURA ELIZONDO (ABOGADA): CONFERENCIA ESPAÑA (2015)
8 mayo, 2015
Hace unos meses, en la última marcha contra el maltrato animal a la que asistÃ, un señor renegaba intensamente contra la “manada de vagos†que en lugar de protestar contra el maltrato infantil obstaculizaba la calle para clamar por los derechos de los animales (¡menudo sacrilegio considerar que tienen derechos!).
El señor ignoraba dos cosas importantes: primero, que habitualmente quienes vamos de “chancletudos†a esas marchas, vamos a todas las demás (no hay discriminación de causas en tanto los derechos fundamentales estén en juego); y, segundo, la posible correlación que por muchos años se ha estudiado entre la violencia contra los animales y el abuso de otros seres humanos (generalmente de mujeres y niños) .
Por ejemplo, la tortura, el sadismo y la ausencia de empatÃa ante el dolor ajeno son conductas comúnmente encontradas en la infancia de muchos asesinos en serie. Igualmente, la violencia siempre es violencia. Más allá de que sea contra las personas o contra los animales, denota que el perpetrador es un individuo con tendencias y arrebatos de violencia; por ende, impredecible y potencialmente peligroso.
La oleada de crueldad animal que estamos viendo últimamente no responde a casos aislados; es conducta de todos los dÃas. Basta con seguir las redes sociales de organizaciones rescatistas para conocer los muchos ejemplos que no se difunden en medios de comunicación convencionales para darse cuenta de la magnitud del problema.
Indirectamente, la puesta en marcha de un régimen que penalice la violencia contra los animales podrÃa estar relacionada con la prevención de futuros casos de violencia contra las personas. Seguir permitiendo el maltrato animal sin repercusiones legales significarÃa dar vÃa libre a futuros agresores, entendiéndose por “futuros†no solo los menores que agreden a los animales en su infancia y adolescencia, sino también los adultos que, acostumbrados al empoderamiento generado por este tipo de violencia impune, cometan similares actos atroces contra seres humanos.
Este modo de ver la violencia contra los animales es antropocéntrico y no necesariamente es considerado por quienes creemos que los animales merecen algo mejor por el solo hecho de ser seres vivos.
2.2.6. MALTRATO ANIMAL: ANTESALA DE LA VIOLENCIA SOCIAL
"Cualquiera que esté acostumbrado a menospreciar la vida de cualquier ser viviente está en peligro de menospreciar también la vida humana"
En la actualidad vivimos, de manera constante, en un clima de inseguridad e incertidumbre. La violencia se expresa de formas relacionadas entre sÃ. Diariamente nos vemos sacudidos por hechos dramáticos que nos preocupan y conmueven.
El maltrato animal es, a la vez, un factor que predispone a la violencia social y, al mismo tiempo, una consecuencia de la misma. Forma parte de la cascada de la violencia que nos va alcanzando a todos como individuos y como sociedad.
La violencia es “un acto intencional que puede ser único o recurrente y cÃclico, dirigido a dominar, controlar, agredir o lastimar a otros. Casi siempre es ejercida por las personas de mayor jerarquÃa, es decir, las que tienen el poder en una relación, pero también se puede ejercer sobre objetos, animales o contra sà mismoâ€.
La violencia inhibe el desarrollo de las personas y puede causar daños irreversibles, adopta diferentes formas de expresión que pueden variar desde una ofensa verbal hasta el homicidio.
La crueldad es “una respuesta emocional de indiferencia o la obtención de placer en el sufrimiento o dolor de otros, o la acción que innecesariamente causa tal sufrimiento; ha sido considerada un disturbio sicológico. La crueldad de los niños, que incluye a los animales, es un signo clÃnico relacionado a desórdenes antisociales y de conductaâ€.
En las familias en las que hay violencia, ésta es más frecuentemente dirigida hacia los más débiles, lo que incluye ancianos, mujeres, niños y animales de compañÃa. El maltrato hacia los animales es tolerado por aquellos que lo observan; se minimizan sus causas y sus efectos, y los padres, maestros y comunidades que no dan importancia al abuso animal en realidad incuban una bomba de tiempo.
Debe hacerse énfasis en que la detección, prevención y tratamiento de la violencia hacia los animales es un acto de humanidad en sà mismo. Los animales son criaturas que se encuentran, en relación al ser humano, en un nivel de inferioridad dentro de la escala evolutiva; esto nos hace responsables de su bienestar, ya que tener supremacÃa lleva consigo una obligación, una responsabilidad, que es la de cumplir como guardián de las especies inferiores en términos intelectuales. Si realmente queremos combatir la violencia, una parte de nuestra lucha consiste también en erradicar el maltrato a otros seres vivos.
El segundo punto que quiero destacar es el que esta violencia hacia los animales nos puede servir como detector y señal de alerta hacia la violencia intrafamiliar, ya que la crueldad hacia los animales y la violencia humana tienen una relación directa. Debemos saber que los niños que maltratan a sus animales de compañÃa pueden ser testigos de actos crueles contra seres humanos o ellos mismos ser vÃctimas de abuso por alguien mayor y con más poder.
Estos niños, a la vez abusados y abusadores, están aprendiendo e internalizando la violencia que ellos mismos perpetuarán al ser mayores y al tener sus propias familias. Este maltrato puede ser el único signo visible de una familia en la que existe el abuso, y esto puede ayudar a descubrir al responsable de la violencia en esa familia.
Una persona que abusa de un animal no siente empatÃa hacia otros seres vivos y tiene mayor riesgo de generar violencia hacia otras personas. La Asociación Siquiátrica Americana lo considera como uno de los diagnósticos para determinar desórdenes de conducta. Si un niño nos habla sobre el maltrato a su animal de compañÃa, podrÃa estar hablándonos también de su propio sufrimiento.
Amenazar con lastimar al animal de compañÃa puede ser una forma de violencia sicológica que se utiliza contra el niño para que se “porte bien†o como una forma de mantener en secreto algún tipo de abuso al que éste está siendo sometido. Según los especialistas, protagonizar u observar actos de crueldad pude llegar a ser tan traumático como ser vÃctima de abuso fÃsico y, por lo tanto, es altamente probable que el niño presente un alto riesgo de convertirse en padre abusivo, quien a su vez puede producir otra generación de niños violentos.
Algunas de las caracterÃsticas que pueden presentar los niños y jóvenes que abusan de los animales son: sentirse indefensos y bajo el control de otros; usan a los animales como vÃctimas para demostrar su autoridad y poder; emplean a los animales como chivos expiatorios por el enojo que sienten hacia otras figuras de autoridad que los maltratan; ; son discriminados de algún modo; reciben castigos severos; tienen baja autoestima; sienten gran recelo contra la sociedad; tienen bajas calificaciones y están aislados socialmente.
Algunas caracterÃsticas del contexto familiar de quienes abusan o maltratan animales son: adultos que fueron abusados sexualmente en la infancia; adolescentes que presentan una relación con sus padres, familia y compañeros más negativa que los no maltratadores (Millar y Knutson, 1997). El abuso hacia los animales es más frecuente en hogares en los que existen otras formas de violencia, el alcohol o abuso de drogas.
La crueldad origina violencia, y la violencia, delincuencia. En un estudio hecho en Estados Unidos se comprobó que no todos los maltratadores de animales se convierten en asesinos en serie, pero todos los asesinos en serie tienen antecedentes de maltrato a animales (Gena Icazbalceta). La gran mayorÃa de los niños puede vivir una etapa en la cual pueden lastimar insectos como parte de la exploración del mundo; sin embargo, con el correcto asesoramiento de sus padres, consiguen comprender que los animales son sensibles al dolor.
La educación que se les da a los niños les ayuda a establecer sus valores y patrones de comportamiento. Ellos adquieren sus principios morales y éticos imitando a los modelos que tienen a su alrededor.
Tomando en consideración todo lo anterior, solamente podemos llegar a la conclusión de la imperiosa necesidad que existe del esfuerzo integrado de padres, profesores, trabajadores sociales, veterinarios, pediatras, asociaciones de protección animal y sicólogos para prevenir el maltrato a los animales y su posterior transformación en violencia social.
El término “maltrato animal†es definido por lockwood (1993) representa un comportamiento objetivable es socialmente inaceptable que causa de manera intencional un sufrimiento, angustia hasta la muerte innecesaria de un animal
La teorÃa de la Liberación Animal propone que, la consideración igualitaria de los intereses de todos los seres, el estatus de la propiedad que tienen los animales en la actualidad debe desaparecer para que el ser humano entienda que los animales no puedan ser tratados como recursos o como medios para el cumplimiento de los fines humanos, sino como fines en sà mismos.
La teorÃa de Singer es muy criticada por que a nombre de la condición igualitaria y aparentemente de acuerdo con lo propuesto por Bentham, no solo pone animales en el mismo nivel de consideración que los seres humanos, sino que a veces los sitúa en uno superior ¨ Un caballo o un perro adulto son sin comparación animales mucho más racionales y mucho más sociables que una criatura humana de un dÃa, una semana o incluso de un mes. Sin embargo, Singer procura en sus afirmaciones que se logre un equilibrio en cuanto a la consideración de todos los seres, cambiando la actual escala de los valores.
La teorÃa de los Derechos de los Animales de Tom Regan, filósofo estadounidense, lÃder del movimiento de los derechos de los animales y profesor de la cátedra de los derechos de los animales, en varias universidades de Estados Unidos es uno de los primeros filósofos en atribuir derechos a los animales, afirmando que estos son sujetos y no objetos de derechos.
Al momento de analizar la relación entre personas y mascotas, hay que tener en cuenta un punto de partida ineludible: los animales dependen de sus amos. Se acepta la idea de traer un perro o gato a casa porque de alguna u otra forma, se tiene la ilusión de cuidar, alimentar y consentir a estos peludos que, a fin de cuentas, no pueden valerse por sà solos. En un mundo ideal, el ser humano es precisamente el ‘protector’ de sus animales. No obstante, lo anterior no siempre se cumple y cada vez son más los casos en los que hombres y mujeres agreden a sus mascotas.
2.2.7. EL PERFIL DEL ‘MAL AMO’
“Por lo general, las personas que abusan de un animal carecen de educación o, peor aún, pueden padecer desordenes de personalidadâ€, explica el médico veterinario Carlos Riaño.
Además, quienes someten a sus mascotas a diferentes tipos de agravio son, usualmente, individuos que también han padecido maltratos en su infancia. Asà lo explica la directora de la Asociación Huellitas, Pamela ChavarrÃa, “el que patea o golpea a un animal, lo ha vivido. Ha sido vÃctima en casa de violencia intrafamiliar. Lo peor es que primero maltratan animales, pero después lo pueden hacer con seres humanosâ€.
El abandono es otra de las manifestaciones del maltrato y, quizá, la más frecuente. Esto también habla de la psicologÃa de quien lo elige como ‘solución’: “Las personas que dejan a sus mascotas carecen del sentido de la responsabilidad. Se dejan llevar por la emoción del momento. Cuando adquieren o adoptan al animal no son conscientes de todas las implicaciones que conlleva. No se preguntan si de verdad podrán cuidarlo todos los dÃas o si tendrán recursos para la alimentación y la salud del animal y al primer obstáculo se deshacen de élâ€, comenta Marta, quien además confiesa una cifra alarmante: el refugio recibe a diario alrededor de 10 solicitudes de dueños que quieren dejar a su mascota en el lugar. El lugar no soporta toda la demanda, pues solo tienen cabida para 50 gatos y 50 perros.
2.2.8. TIPOS DE MALTRATO
Además de los golpes, existen numerosas maneras de causarle daño a un animal, que van precisamente desde abandonarlo hasta dejarlo encerrado o no brindarle la asistencia necesaria en un momento oportuno. El médico veterinario Carlos Riaño explica las más comunes:
• Encierro con fines de comercio, especialmente en especies silvestres. Es un maltrato al que estamos acostumbrados porque lo vemos a diario en las tiendas que no siempre cumplen con las normas establecidas. Esto altera el ecosistema del paÃs.
• Sacarlos de su ambiente natural. Es un maltrato de gran magnitud, pues es muy difÃcil para las especies silvestres adaptarse a nuevas formas de vida que por lo general responden a hábitos citadinos que nada tienen que ver con su cotidianidad.
• No suministrar la alimentación adecuada y el agua necesaria: las mascotas dependen de nosotros para sobrevivir. Saltarse este paso es también una forma de maltrato y muchos lo desconocen.
• Dejar al animal a la intemperie con frÃo, sol o lluvia: ya sea en el patio de la casa, encerrado en el carro, o inclusive, en fincas o guarderÃas con condiciones precarias. No hay que olvidar que ellos también sufren de frÃo y de calor, que la lluvia les incomoda y que a muchos los rayos los asustan.
• Descuidar su salud, no vacunarlos, no suministrarles medicamentos, no darles su dosis mÃnima de ejercicio diario ni permitirles socializar. Todas estas son prácticas negativas que dejan consecuencias psicológicas en las mascotas.
2.2.9. SECUELAS DEL ABUSO DE PODER
Aquellos animales que han sufrido algún tipo de maltrato terminan siendo agresivos o temerosos. Ambas conductas se evidencian con frecuencia en los perros y gatos adoptados. Muchas veces llegan a nuevas casas con amos dispuestos a brindarles su amor y protección, pero las consecuencias de un daño anterior no se hacen esperar, lo cual hace que algunos se vean obligados a devolverlos. El cÃrculo se vuelve, entonces, vicioso e interminable.
Es importante que los dueños sepan corregir a sus mascotas y que nunca acudan a formas violentas para hacerlo. Como afirma Carlos Riaño, “maltratar no es la solución frente a un acto de indisciplina. Demostrar el poder con órdenes es una de ellas, quitarles algo que les guste mucho también puede funcionarâ€.
El acompañamiento a propietarios de perros adoptados es vital en la recuperación de los mismos. “Hay que practicar un examen médico veterinario para solucionar cualquier tipo de lesión fÃsica apenas se adopta un perro o gato. Los nuevos dueños deben encargarse de darle el afecto necesario y de acudir a especialistas para que su nuevo amigo se olvide del maltrato al que fue sometidoâ€, afirma Riaño.
2.2.10. UN GRAN ALIADO
Otros casos, como el de ‘Muñeca’, la perrita que sufrió un accidente a manos de funcionarios de Aseo Capital, por el que perdió tres de sus extremidades y una fracturada, sirve para poner sobre la mesa un actor muy importante en la lucha contra el maltrato animal: las redes sociales. Manifestantes interesados en no dejar pasar por alto este flagelo convocaron una marcha y la aceptación fue tal que el evento se realizó en 16 ciudades diferentes del paÃs.
Sin embargo, entidades oficiales como la Fundación Defensa Animal de Colombia no avalan esta convocatoria. “Cuando no sabemos quién organiza el evento, por cuestiones de ética preferimos abstenernos.
Sin embargo, Claudia Roca, activista de la protección de los animales, afirma “más que ejecutar castigos, debemos concentrarnos en concientizar a los ciudadanos que consumen información constantemente en los mediosâ€. Ahà es donde radica el verdadero cambio.
Es conocido por la sociedad civil, la academia y las autoridades que en nuestro paÃs existen preocupantes problemas de maltrato animal. Gracias a las redes sociales y prensa en general han salido a la luz pública casos emblemáticos como el ocurrido en Copiapó, donde una hembra canina preñada fue amarrada a una camioneta y arrastrada kilómetros por su dueño, o el del perro ahorcado en un restaurant de comida China en Iquique.
Y como olvidar el caso en Puente Alto de un gatito de pocas semanas de vida en que unos jóvenes adolescentes lo introducen dentro de una lavadora y centrifugan hasta causarle la muerte, grabando todo su accionar.
Lamentables casos de abuso sexual (erróneamente denominado “zoofiliaâ€), principalmente dirigidos a perras y, por cierto, el caso que terminó por visibilizar el maltrato animal existente: el asesinato del perro Cholito, acción que desató un revuelo social que terminó en la organización de una multitudinaria marcha en contra del maltrato animal
El maltrato a los animales comprende una gama de comportamientos que causan dolor innecesario, sufrimiento o estrés al animal, que van desde la negligencia en los cuidados básicos hasta el asesinato malicioso e intencional.
Ambas formas, directa o indirecta, pueden causar serias afecciones fÃsicas, como también, me atrevo a decir que, en la totalidad de los casos, graves afecciones en el bienestar mental y natural de las animales vÃctimas.
Otro tema relevante, es que el maltrato animal se considera un problema social humano, dado que existen numerosos estudios en la literatura cientÃfica internacional que asocian actos de maltrato contra animales con conductas delictivas relacionadas con la violencia interpersonal e intrafamiliar.
Lamentablemente, y tras casi cinco años de su promulgación, no existen reglamentos asociados a gran parte de sus artÃculos, principalmente en lo que respecta a definiciones, lo que puede llevar a serios problemas de comprensión y, por ende, de aplicación.
Es importante concientizar en la importancia de las denuncias, dado que la persecución del maltrato animal no sólo beneficiará directamente a los animales, sino que además influirá en la prevención de violencia humana y en la construcción de una sociedad mejor.
2.3. MARCO CONCEPTUAL
2.3.1. Acto
Acto. - según (BETTI, Emilio) es un acto licito con manifestaciones de voluntad destinado crear, regular, modificar y/o extinguir relaciones jurÃdicas.
Acto. - según (ALESANDRI, Arturo) es la declaración o declaraciones de voluntad de uno o más sujetos que dentro de los limites señalados a la autonomÃa privada regulan por sà mismo en forma vinculante y perceptiva
PARA LA PRESENTE INVESTIGACIÓN ENTENDEREMOS POR ACTO. - la acción y manifestación de voluntad por el cual por el cual nace, modifica y/o extingue una relación jurÃdica.
2.3.2. Ley
Ley. - (Santo Tomas) La ley es una regla y medida de nuestros actos según la cual uno es inducido a obrar o dejar de obrar pues ley deriva de ligar.
Ley. - (QUINTERO, Cesar) Es una jurÃdica dictada por el legislador es decir un precepto establecido por una autoridad competente en que se manda o prohÃbe algo en consecuencia con la justicia cuyo incumplimiento conlleva una sanción.
PARA LA PRESENTE INVESTIGACIÓN ENTENDEREMOS POR LEY. – una regla jurÃdica dictada por los legisladores en que se manda o prohÃbe algo y el incumplimiento conlleva una sanción.
2.3.3. Maltrato
Maltrato. – (lockwood 1993) representa un comportamiento objetivable es socialmente inaceptable que causa de manera intencional un sufrimiento, angustia hasta la muerte innecesaria de un animal
Maltrato. - (Ascionne, 1998) acción o comportamiento socialmente inaceptable que causa dolor, sufrimiento, angustia y la muerte de un animal.
PARA LA PRESENTE INVESTIGACIÓN ENTENDEREMOS POR MALTRATO
La acción realizada por las personas que es socialmente reprochable que causa dolor, sufrimiento y hasta la muerte de un animal.
2.3.4. Animal
Animal. - (CASSETE, juan) son seres vivos que nacen, crecen, se alimentan, tienen hijos y mueren. Ellos no pueden hablar, pero muchos de ellos logran hacerse entender de alguna manera utilizando toda clase de señales, cantos, gruñidos, etc.
Animal. - (CARRANZA, Mendi) organismos pluricelulares que están dotados de capacidades y movimiento órganos sensoriales y de comunicación nacen, reproducen y mueren.
PARA LA PRESENTE INVESTIGACIÓN ENTENDEREMOS POR ANIMAL
Son seres vivos que nacen, crecen, se reproducen y mueren los cuales se comunican de diversas formas.
2,4 MARCO NORMATIVO
2.4.1 Y LA LEGISLACIÓN, ¿QUÉ?
Esto está supuestamente ‘claro’; sin embargo, capturar a los responsables no es posible: en primer lugar, porque la agresión no se considera ‘delito’ y en segundo, porque la ciudadanÃa teme denunciar. “Lo que siempre se recomienda cuando alguna persona es testigo, es que avise a la policÃa. No se debe tratar de solucionar el problema porque esto puede desencadenar más violenciaâ€, afirma Carlos Riaño.
El caso de Alfonso Peñaloza, un habitante del sector de Bosa, en Bogotá, que fue asesinado por un vecino que maltrataba a su perra, ejemplifica este tipo de conductas desmedidas. Peñaloza observaba desde la ventana de su casa cómo el agresor pateaba al animal y salió a defenderlo, pero en el camino recibió una bala que acabó con su vida. Esta tragedia deja claro que muchos abusadores de animales no están plenamente en sus cabales y que lo mejor es enfrentarlos con la ayuda de las autoridades.
Si un ciudadano quiere tomar medidas sobre algún caso en particular en un conjunto residencial o barrio, “el primer paso es informar al comité de convivencia, pues son ellos los encargados de sancionar al residente. Si se trata de un caso de maltrato que se presenta con un perro callejero, hay que acudir a un inspector de policÃa pues son los representantes de la AlcaldÃa, y, como miembros del Estado, deben responder por los animales de la calleâ€, afirma Marta Ciro.
2.4.2. CONSTITUCIÓN POLÃTICA DEL ESTADO.
Capitulo Octavo
Distribución de competencias
Art. 301.- La región una vez constituida como autonomÃa regional, recibirá las competencias que le sean atribuidas o delegadas.
Interpretación. – el Estado cuenta con competencias privativas, exclusivas, concurrentes y compartidas, estas últimas serán delegadas a las entidades autónomas departamentales, municipales e IOC`s.
Art. 302 I. Son competencias exclusivas de los Gobiernos Municipales Autónomos en su jurisdicción:
…
5. Preservar, conservar y contribuir a la protección del medio ambiente y recursos naturales, fauna silvestre y animales domésticos.
…
II. Serán también de ejecución municipal las competencias que les sean transferidas o delegadas.
2.4.3. LEY 700
La ley 700 que tiene como base Declaración Universal del Bienestar Animal mediante la cual la sociedad en general y el sistema judicial debe tomar muy en serio el maltrato hacia los animales y envÃa también un mensaje advirtiendo que el maltrato contra cualquier ser vivo humano o no, es inaceptable y que si lo hacen recibirán una sanción.
La ley analizada protege a los animales de compañÃa y responsabiliza a las personas que maltraten a estos animales porque estos son los más vulnerables en nuestra sociedad, al vivir cotidianamente.
En relación a los Asociaciones de defensa a los animales (Animales S.O.S, A.P.L.A.B Amor Por Los Animales en Bolivia, Animales Proteja, Centro Municipal de Zoonosis) no cuentan con datos estadÃsticos sobre denuncias de maltrato a los animales de compañÃa e información sobre qué cantidad de animales que alberga por año que sufrieron y qué tipo de maltratos sufrieron, pero que deberÃan contar con todos estos datos obligatoriamente para la administración de estas Asociaciones para concientizar a la población en general con esta información.
ArtÃculo 1. (OBJETO). La presente Ley tiene por objeto establecer el marco normativo para la defensa de los animales, contra actos de violencia, crueldad y maltrato, cometidos por personas naturales o jurÃdicas.
ArtÃculo 2. (FINALIDAD). La presente Ley tiene por finalidad prevenir y penalizar los actos de violencia, maltrato, crueldad y BIOCIDIO cometidos por personas contra animales domésticos, en el marco del numeral 21 del Parágrafo I del ArtÃculo 298 de la Constitución PolÃtica del Estado.
ArtÃculo 3. (DERECHOS DE LOS ANIMALES). Los animales como sujetos de
protección, tienen los siguientes derechos:
a. A ser reconocidos como seres vivos.
b. A un ambiente saludable y protegido.
c. A ser protegidos contra todo tipo de violencia, maltrato y crueldad.
d A ser auxiliados y atendidos.
ArtÃculo 4. (OBLIGACIONES DEL ESTADO). El Órgano Ejecutivo, a través de sus Ministerios, tendrá las siguientes obligaciones:
1. El Ministerio de Salud propondrá:
a. PolÃticas para la prevención de zoonosis, en el marco de sus competencias concurrentes con los diferentes niveles de gobierno.
b. Regulación del uso de animales de laboratorio con fines de investigación cientÃfica.
2. El Ministerio de Educación propondrá:
a. PolÃticas educativas destinadas a fomentar el bienestar y defensa de los animales.
b. Regulación del uso de animales con fines de investigación cientÃfica.
3. El Ministerio de Comunicación propondrá polÃticas de comunicación, sensibilización, difusión de programas y acciones gubernamentales, referentes
a la defensa de animales, en coordinación con el Ministerio de Medio Ambiente y Agua, y el Ministerio de AutonomÃas.
4. El Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, propondrá polÃticas de sanidad e inocuidad agropecuaria.
ArtÃculo 5. (OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS).
I. Las personas tienen las siguientes obligaciones:
a. Evitar causarles o permitir sufrimientos innecesarios.
b. Abstenerse de realizar procedimientos quirúrgicos innecesarios.
c. Educar a las nuevas generaciones, sobre la importancia del respeto a los animales y promover su defensa.
d. Denunciar ante las autoridades competentes, los actos de maltrato y crueldad que contravengan el ordenamiento jurÃdico relacionado con la protección de los animales.
e. Denunciar los casos de sospechas de zoonosis y otras enfermedades propias de los animales, ante las autoridades competentes.
f. Otras establecidas por Ley o reglamento.
II. Los dueños o encargados de los animales, tienen las siguientes obligaciones:
a. Asumir la responsabilidad emergente de la custodia y tenencia de un animal y de los daños a terceros que el animal pudiera ocasionar.
b. Controlar su ciclo reproductivo y darle cuidado médico veterinario profesional, adecuado y oportuno.
c. Velar por su alimentación y abrigo necesario.
d. Evitar la crÃa de un número mayor de animales que el que pueda ser bien mantenido, sin ocasionar molestias a terceros, ni poner en peligro la salud pública.
e. No abandonarlos.
ArtÃculo 6. (PROHIBICIONES). Se prohÃbe:
a. El uso de animales en prácticas de instrucción militar, policial u otras, en las que se provoque la muerte o sufrimiento del animal.
b. La movilización, ingreso, salida y comercialización de animales en las jurisdicciones afectadas en caso de brotes de rabia, zoonosis y epizootias.
c. Someter a los animales a trabajos por encima de su resistencia o capacidad, al punto de causarles enfermedades o la muerte.
d. El traslado de animales con procedimientos que impliquen crueldad, malos tratos, fatiga y carencia de descanso.
e. El sacrificio de animales en el que se provoque el sufrimiento innecesario y agonÃa prolongada.
ArtÃculo 7. (NORMATIVA CONTRA ACTOS DE MALTRATO).
Las Entidades Territoriales Autónomas, en el marco de sus competencias, podrán emitir la normativa correspondiente, estableciendo sanciones contra actos de maltrato que provoquen dolor y sufrimiento, causados directa o indirectamente por las personas.
ArtÃculo 10. (TRATOS CRUELES Y BIOCIDIO).
Se incluyen en el Código Penal, los ArtÃculos 350 bis y 350 ter, con el siguiente texto:
ArtÃculo 350 Bis. (TRATOS CRUELES).
I. Se sancionará con privación de libertad de seis (6) meses a un (1) año, y multa de treinta (30) a sesenta (60) dÃas o prestación de trabajo de tres
(3) a seis (6) meses, a quien:
1. Ocasionare, con ensañamiento o con motivos fútiles,
sufrimiento grave y daño que provoque la pérdida total o parcial de un sentido, de parte de su fisonomÃa o de un órgano, a un animal.
2. Utilizare a un animal para cualquier práctica sexual.
II. En caso de que un animal ocasionare las consecuencias establecidas en el numeral 1 del Parágrafo anterior, el dueño o tenedor cubrirá los costos de la asistencia médica y el resarcimiento económico cuando corresponda, bajo alternativa de aplicarse la pena dispuesta para tratos crueles.
III. La pena será agravada en un tercio de la pena máxima, si producto del trato cruel se ocasione la muerte del animal.â€
ArtÃculo 350 ter. (BIOCIDIO).
I. Se sancionará con privación de libertad de dos (2) años a cinco (5) años y multa de treinta (30) a ciento ochenta (180) dÃas, a quien matare con ensañamiento o con motivos fútiles a un animal.
II. La sanción será agravada en un tercio de la pena máxima, si se matare a más de un animal.â€
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA. Se exceptúan de la aplicación de la presente Ley, el uso de los animales en los actos ejercidos en la medicina tradicional, y ritos que se rigen conforme a su cultura y tradiciones de las naciones y pueblos indÃgena originario campesinos, debiendo realizarse evitando el sufrimiento innecesario y agonÃa prolongada.
2.4.4. BOLIVIA SE ADHIERE A LA DUBA (2010)
El año 2010, Bolivia, mediante cancillerÃa, se adhiere a la DUBA (Declaración Universal del bienestar Animal).
 01 de junio de 2015.- ley 700 para la defensa de los animales contra actos de crueldad y maltrato.
 Ley 553 “perros peligrosos†publicado el 1 de agosto de 2014
 Ley 4040 del 17 de junio de 2009 elimina el uso de animales silvestres y/o domésticos en espectáculos circenses en todo el territorio nacional, por considerarse la practica un acto de crueldad en contra de los animales.
 Ordenanza Municipal 239/2017
 Resoluciones ministeriales
Del 30 de octubre del año 2000 mediante resolución ministerial 410/00 se prohÃbe las prácticas en animales vivos en establecimientos educativos públicos y privados en Bolivia.
El año 2009 el ministro de defensa emite la resolución ministerial 0217 que prohÃbe el uso de animales en prácticas animales.
CAPITULO III
METODOLOGÃA
3.1. TIPO DE INVESTIGACIÓN.
3.1.2. PROYECTIVA. El tipo de investigación elegido tiene por la finalidad ser propositiva proyectiva, debido a que enuncia la modificación de artÃculos en su parte sancionatoria, se abrogue la disposición final de la Ley 700.
3.1.1. EXPLICATIVA El tipo de investigación por su profundidad es explicativo desde las caracterÃsticas que tienen maltrato de los animales, el desconocimiento de la normativa legal y las condiciones jurÃdicas, pasando por los niveles de exploración y descripción del objeto de estudio de la presente investigación.
3.2. DISEÑO DE LA INVESTIGACIÓN.
3.2.1. NO EXPERIMENTAL es aquella que se realiza sin manipular deliberadamente variables. Se basa fundamentalmente en la observación de fenómenos tal y como se dan en su contexto natural para analizarlos con posterioridad. En este tipo de investigación no hay condiciones ni estÃmulos a los cuales se expongan los sujetos del estudio. Los sujetos son observados en su ambiente natural.
3.3. MÉTODO DE LA INVESTIGACIÓN
3.3.1. DEDUCTIVO El método deductivo es una estrategia de razonamiento empleada para deducir conclusiones lógicas a partir de una serie de premisas o principios.
En este sentido, es un proceso de pensamiento que va de lo general (leyes o principios) a lo particular (fenómenos o hechos concretos).
Según el método deductivo, la conclusión se halla dentro de las propias premisas referidas o, dicho de otro modo, la conclusión es consecuencia de estas.
3.4. TÉCNICA DE RECOLECCIÓN DE DATOS
La técnica para la recolección de datos a emplearse en esta investigación, utiliza el formato de cuestionario. El mismo que consiste en un conjunto de Ãtems presentado en forma de preguntas, en relación al conocimiento del maltrato hacia los animales y su normativa
Se ha elaborado un instrumento en formato de cuestionario dirigido a la población en general
En la encuesta realizada sobre el maltrato a los animales de compañÃa se proyectaron las siguientes cifras, de un universo de los habitantes y personas que normalmente circulan por la ciudad de La Paz, se tomó una pequeña muestra demostrativa de 50 personas. La edad en la que oscilan las personas encuestadas en su mayorÃa es mayor de 20 a 29.
CAPITULO IV
RESULTADOS OBTENIDOS
4.1, PROCESAMIENTO DE RESULTADOS
4.1.1. Cualitativo-Cuantitativo
CUADRO No 1
ESTE CUADRO NOS MUESTRA EL SEXO, LA EDAD DE LAS PERSONAS Y EL TOTAL DE PERSONAS ENCUESTADAS
RANGO DE EDAD SEXO
TOTAL
MASCULINO FEMENINO
15 - 19 1 2 3
20 - 29 11 13 24
30 - 39 5 7 12
40 - 49 5 2 7
50 - 59 1 1 2
SIN EDAD 0 2 2
23 27 50
Fuente elaboración propia 2108
GRAFICO 2
La mayorÃa de los encuestados del sexo masculino tienen edades variadas el 48% son de edades 20 a 29 años y de igual porcentaje un 22% en las edades de 30 a 39 años y 40 49 años se los considera a los de este sexo que no tienen mucha sensibilidad con respecto a este tema
GRAFICO No 3
La mayorÃa de las encuestadas del sexo femenino oscilan entre los 20 a 29 años con el 48% y con el 26% de 30 a 39 años, con un 8% de 15 a 19 años y de 40 a 49 años un 7% como se ve hay una gran variedad de edades.
PREGUNTA Nº2
¿Conoce o vio algún animal de compañÃa maltratado?
CUADRO Nº 3
OPCIONES FRECUENCIA PORCENTAJE
SI 42 84%
NO 8 16%
GRAFICO Nº 5
Las personas encuestadas en la pregunta 2 el 84% si observo algún tipo de maltrato haci