Como muchos miembros de esta comunidad saben, tanto nuestro excelentÃsimo dictador como el suscrito servidor, somos abogados que cursamos una maestrÃa en derecho administrativo (pero al dÃa de hoy estamos pendientes de tesis), asà que me abalancé a iniciar el documento requisito para el codiciado cartón.
Encontré un texto más que interesante de Daniel GarcÃa Mescua ("Aportación de Mensajes de WhatsApp a los Procesos Judiciales") que me inspiró para retomar la travesÃa tesÃstica con un nuevo tema, básicamente el resumido como tÃtulo de esta publicación "WhatsApp ¿un medio idóneo de prueba en procesos administrativos disciplinarios?".
Sabemos que mientras va en ascenso la tecnologÃa, cambian los medios probatorios, quedando algunos obsoletos y desechados y otros incrementando o adquiriendo mayor relevancia, es ahà donde encontramos a los mensajes de WhatsApp y porqué no, de todos las aplicaciones de mensajerÃa instantánea electrónica.
Ahora, entrando al tema que exponÃa (y sobre el cual pido ayuda en sentido de conocer si les parece relevante, interesante o, por el contrario, un tema que no merece ser objeto de estudio para tesis de maestrÃa), ruego colaboración respondiendo estas preguntas:
¿Los mensajes electrónicos instantáneos de aplicaciones como WhatsApp pueden constituir plena prueba en procesos administrativos disciplinarios o son únicamente indiciarios?
¿Han conocido algún proceso disciplinario iniciado a raÃz de mensajes sms, WhatsApp, Telegram, Messenger o similares?
¿Creen relevante este tema para una tesis de grado maestrÃa?
De antemano, gracias.
P.D. Estaré publicando uno que otro avance y datos interesantes que encuentre por acá.