INCORPORACIÓN DE LA ASISTENCIA POST PENITENCIARIA HACIA LA INSERCIÓN SOCIAL LABORAL DEL PRIVADO POR DELITOS MENORES
1. AntecedentesDentro de la Administración penitenciaria se puede evidenciar que las autoridades competentes desconocen la realidad sobre la que actúan, comenzando por la infraestructura (calabozos ófricos, sin baños, sin luz, sin derecho a sol, sin colchones y en general sin ninguna infraestructura acorde con los Principios Básicos para el Tratamiento de los reclusos) que no puede ser mejorada por cuanto en su mayorÃa son viviendas adaptadas e improvisadas, que sobrepasan la capacidad de la infraestructura con la población penitenciaria, ocasionando un gran hacinamiento. (Ejemplo Penal de San Pedro tiene una capacidad para 400 personas y actualmente existen 2700 internos de los cuales 104 son niños). Por otra parte su propia formación es parte de una mentalidad lombrosiana que data del siglo pasado, que parte del principio de que actúan contra los malos y que por tanto la cárcel es un lugar para estar mal.
Penitenciaria de Sao Paolo
Asà por ejemplo en opinión de la Dirección de la Central de Observación y Clasificación de la Dirección Nacional de Penitenciarias, no se debe mejorar la calidad de la comida de los presos, pues ello es "parte del castigo
La prisión como castigo fue usada desde tiempos antiguos, pero las primeras nociones del concepto de cárcel aparece en el siglo XVI, en Ãmsterdam, Inglaterra, pero no era precisamente como se le conoce en la actualidad, sino que era una especie de lugar donde la gente acudÃa por albergue y trabajo. (Marin, 1976, p.20)
Es a finales del siglo XVIII que la permanencia en la cárcel se concibe como una pena privativa de la libertad, y es en Roma donde el Papa Clemente XI crea en un hospicio el primer centro correccional para menores delincuentes, que a la vez funcionaba como albergue de huérfanos y ancianos.
BenjamÃn Franklin, en 1874, implementó en Estados Unidos un modelo carcelario basado en la investigación que hiciera el filántropo y peninteciarista ingles John Howard, quien habÃa visitado todas las cárceles europeas de la época y habÃa sugerido algunos cambios, como la educación religiosa, la higiene carcelaria, la imposición del trabajo y el aislamiento durante las noches. La evolución de cárcel, del precario método de encierro o antesala de la pena de muerte, al moderno concepto de sistema penitenciario, llega con el capitalismo (siglo XIX), que introduce nuevas modalidades del control social y vigilancia.
Desde la óptica jurÃdica en el contexto mundial hay un amplio espectro que sirve de marco a la legislación nacional en materia de asistencia laboral penitenciaria y pos penitenciaria a los reclusos y es ex reclusos resaltando el derecho de todo ciudadano al trabajo y a recibir una remuneración en relación con sus capacidades y destrezas que le permita dar sustento a sus necesidades y las de su familia, muy especial la reglas mÃnimas y los principios para el tratamiento de los reclusos y las reglas mÃnimas de las naciones unidas sobre las medidas no privativas de libertad en los cuales en lÃneas generales rescatan la obligación del estado y de los servicios y organismos , oficiales o no , de facilitar la reintegración del recluso puesto en libertad a la vida en sociedad proporcionando en la medida de los posible, las herramientas , incluyendo el trabajo durante el periodo que sigue inmediatamente a su liberación
Con ello se enfatiza el rol protagónico del estado y la sociedad en la gestión de la justicia penal y el sistema penitenciario, concentrada en proporcionar herramientas para facilitar la reinserción social del recluso , fortaleciendo los vÃnculos entre estos , sus familias , comunidad , conjuntamente con las polÃticas que deberÃa llevar a cabo la administración penitenciaria .
Esto a nivel nacional, responde al modelo de estado establecido en la Constitución de la república asà como papel otorgado a la sociedad como factor corresponsable en la ejecución de polÃticas públicas y de garantÃa de los derechos fundamentales consagrados en el ordenamiento jurÃdico.
No cabe duda que en el contexto constitucional concibe un sistema penitenciario modelo intra y extramuros , como elementos básicos para alcanzar el normal desenvolvimiento de quien a sido sujeto pasivo de un delito en la vida social y de la sociedad misma no solo en cuanto a su necesaria participación en este proceso , sino incluso respecto a la seguridad publica pues en la medida en que el sistema progresivo de tratamiento proporcione los resultados deseados, valga decir el recluso se incorpore a la comunidad, sociedad con destrezas y oportunidades para permanecer en una actitud de respeto frente a la ley al salir de prisión se evitara la reincidencia criminal .
El trabajo como derecho humano ha jugado un papel muy importante en el desarrollo de los pueblos tal es el caso que incluso el factor de producción y a la necesidad de mano de obra se le atribuye el nacimiento de la cárcel moderna y como tal es objeto de protección internacional y nacional no solo para quienes están en condiciones de libertad sino además para aquellos que se encuentran privados de ellas por lo que la filosofÃa penitenciaria plasmada en la legislación apunta siempre al desarrollo de un trabajo productivo que fortalezca las relaciones sociales del recluso y le permita desarrollare como individuo y ciudadano , no como una pena accesoria sino como parte del tratamiento penitenciario hacia la reinserción social .
Es por ello que en función de experiencia la protección del derecho al trabajo humano y deber de todo ciudadano proporcionando fuentes de trabajo para el acceso a una ocupación productiva dentro del mercado laboral formal : se concibió la idea de precisar el alcance de la normativa regulada en la legislación nacional en resguardo de los derechos de algunas categorÃas de personas para asà transpolar esta vivencia al ámbito penitenciario.
2. Planteamiento del problemaLa polÃtica criminal que maneja el Estado, es más o menos coherente porque la misma se enfoca en el incremento de las penas privativas de libertad que equivale al aislamiento del individuo y no por rehabilitar a la totalidad de los internos en el Penal de San Pedro en la ciudad de La Paz.
Se puede determinar que la discriminación laboral existe desde hace varios años pasados y no se ha hecho mayor esfuerzo por contrarrestarlo, sino más bien se han ocupado de promover la estratificación social para mantener la armonÃa social, y una de las exigencias de esta sociedad fue mantener el respeto de la propiedad privada y ante cualquier agresión contra ella se opta por reprimir y sancionar esa conducta.
Es asà que el ejercicio de la facultad punitiva del Estado, debe sujetarse a la ejecución de sus fines sociales, además de la garantÃa para la aplicación de la justicia, y la individualización de la sanción para proceder con la medida sancionadora en contra de las personas que contravienen el orden social para recluirlas posteriormente en los Centros de Rehabilitación Social en los cuales, en teorÃa las personas presidiarias son reeducadas y capacitadas para que aprendan algún oficio con el fin de que no vuelvan a infringir las leyes.
Este escenario es el antecedente para que se configure una confrontación social porque algunos sectores sociales mantienen diferentes posiciones hacia la integración y por ende reinserción laboral de estos individuos.
Además que el problema compromete a toda la sociedad en si , ya que los programas diseñados para la rehabilitación social que actualmente existen, no cumple con las expectativas esperadas, púes es necesario que exista industria, empresas privadas o estatales, y proyectos destinados a la empleabilidad de este sector poblacional en donde puedan desarrollar y demostrar lo aprendido.
En razón de esta situación la presente propuesta pretende determinar la falta de incorporación de la asistencia post penitenciaria a la inserción social laboral de los privados de libertad, asà como también contribuir al desarrollo económico de este sector poblacional mediante la implementación de un programa de seguimiento y reinserción laboral. Para la realización de esta investigación citaremos casos reales, y se señalará las consecuencias provocadas por la discriminación y falta de oportunidades laborales.
El sistema penitenciario tiene como finalidad mejorar las condiciones para la reinserción social positiva de quienes estén bajo su responsabilidad. Este proceso busca que las personas pasen por el sistema penitenciario, población penitenciaria ya sea como personas privadas de libertad o con sentencias que les permita cumplirlas en libertad, superando las difÃciles condiciones de reclusión, la exposición a redes delincuenciales en los establecimientos penitenciarios y las deficiencias en los programas de tratamiento sumados a las precarias condiciones laborales del personal penitenciario lo cual dificulta el cumplimiento de la reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad, es decir el incremento de sus competencias para su reinserción social positiva, incidiendo en la reinserción laboral y evite cometer nuevos delitos.
El tratamiento penitenciario que se brinda a las personas liberadas cubre un pequeño porcentaje que comprende actividades encaminadas a modificar su comportamiento para resocializarlo, es decir incrementar sus capacidades psicosociales para su reinserción social y evitar nuevos delitos esto según la normativa ley No 2298 ( Ley de Ejecución de Penas y supervisión ) el trabajo penitenciario como medio de reinserción de los condenados el trabajo es muy importante en la vida social donde una persona se mantiene ocupada fÃsicamente y mentalmente, en los recintos penitenciarios es como una terapia por eso el condenado debe trabajar de forma obligatoria con una justa remuneración promoviendo su capacitación y creatividad con el fin de obtener un oficio o perfeccionar el que tuviere. Art. 181 y 182 de la Ley de Ejecución Penas y Supervisión, asimismo conforme al Art. 48 de la Ley No. 1768.
La rehabilitación social del interno es un problema que data de mucho tiempo atrás, pese a las modificaciones que se vienen dando en la legislación penal, y en el sistema penitenciario, no contemplan mecanismos efectivos para lograr una verdadera readaptación social.
Toda vez que el interno, sale del recinto penitenciario cumpliendo su condena o porque fue gozó de algún beneficio que la ley otorga (suspensión condicional de la pena, libertad condicional, abolición del apremio corporal, perdón judicial, fianza juratoria, y otros), se encuentra totalmente aislado del entorno social, por varios factores, siendo uno de ellos la falta de acceso a fuentes de trabajo, hecho que imposibilita superar la estigmatización causada por la pena, induciendo nuevamente al delincuente a reincidir.
En el problema de la reinserción social concurren varios factores, entre los que podemos mencionar, y que se desarrollaran en el trabajo, está en primer lugar el alto Ãndice de hacinamiento, es increÃble pensar que en el Centro Penal de San Pedro puedan vivir seres humanos de una manera digna que los ayude a obtener hábitos que los lleven por "el buen camino", el cual es ser productivos en una sociedad cada vez más competitiva y discriminativa; en segundo lugar está la inadecuada polÃtica criminal que tiene el Estado, no es concebible que el Estado sólo se preocupe por encerrar y no por educar a los internos del centro Penal San Pedro sobre la .incorporación de la asistencia post penitenciaria a la inserción social laboral de los reclusos del penal.
En Penal de San Pedro, no se pueden observar condiciones que favorezcan a los internos para una efectiva reincorporación a la sociedad, las personas no duermen cómodamente, las condiciones fÃsicas del penal son precarias, es un penal muy viejo, y en malas condiciones en el cual se puede apreciar a simple vista las condiciones de insalubridad y de inseguridad que tienen los internos1. En Bolivia existen 56 recintos penitenciarios con capacidad para albergar a 5.805 reos. Sin embargo, según datos de Régimen Penitenciario, al menos 18.739 personas se encuentran recluidas en las cárceles (19) y carceletas (32) nacionales. Es decir, que la capacidad carcelaria del paÃs se ha visto más que triplicada, con todos los males y riesgos que tal hacinamiento conlleva.
Por mencionar solamente algunos ejemplos, la cárcel de San Roque, ubicada a cinco cuadras de la plaza central de Sucre, fue construida para albergar a 80 personas, pero actualmente cobija a 450 reos, según advierte la DefensorÃa del Pueblo en Chuquisaca. A raÃz de esta situación, los mesones que en el dÃa son utilizados para comer se convierten en la noche en camas improvisadas, donde descansan gran parte de los reos. Y lo propio ocurre en el penal de San Pedro, construido hace más de 100 años en la ciudad de La Paz para 300 reclusos. Pero hoy la población sobrepasa los 2.200 internos, muchos de los cuales, más de 200, carecen de una celda propia, lo que los obliga a vagar durante el dÃa y a dormir en los pasillos durante la noche, siempre y cuando encuentren un sitio libre.
Además de la ausencia de celdas individuales, las cárceles cuentan con muy pocas letrinas y duchas, de allà que los reclusos deban hacer largas filas para bañarse y/o entrar al baño. En cuanto a la alimentación, el prediario de Bs 8 que se destina para cada uno de los internos alcanza solo para el almuerzo; situación que se refleja en los elevados Ãndices de desnutrición y problemas de salud, especialmente entre quienes carecen de recursos y los niños que viven con sus padres tras las rejas.
Mención aparte merece la inseguridad que impera en estos recintos, al extremo de que se han registrado casos de explotación sexual de niñas dentro de las celdas, pasando por el hallazgo del cuerpo de una mujer enterrada en la celda de su ex marido, hasta rencillas entre bandas rivales que se han saldado con decenas de muertos. Todo esto en el penal cruceño de Palmasola, el más grande y más poblado del paÃs.
De allà la importancia de insistir no solo en la necesidad de construir más y mejores penales, como ha planificado el Gobierno, sino también y sobre todo de subsanar los principales factores detrás de este insostenible hacinamiento carcelario: el uso arbitrario y excesivo de la detención preventiva; figura legal que, como ya se ha mencionado en reiteradas oportunidades en este mismo espacio, deberÃa ser utilizada solamente en casos extremos, cuando exista peligro de fuga o cuando el acusado pueda entorpecer el proceso, y no como una norma, tal como hoy ocurre.
A lo que se suma una enorme carga procesal que se acumula geométricamente por la bajÃsima cantidad de casos resueltos (vgr., en 2013 se iniciaron 250.000 procesos penales en Bolivia, pero solo se resolvieron 611 casos); lo que revela una evidente falta de vocación entre los jueces y fiscales por la pronta justicia.
No se puede decir que el Penal de San Pedro, como la mayorÃa de Centros Penales de nuestro PaÃs, son unos verdaderos centros de tratamiento para que los internos dejen sus malos hábitos y aprendan buenos, no existen los suficientes talleres, deja mucho que desear; el problema es serio, es grave, y la verdad no vemos que el Estado este tomando las medidas necesarias para solventar todas las deficiencias que sufren, y recalcamos sufren los internos Penal de San Pedro.
En el problema de reinserción laboral de las personas que han cumplido con una pena privativa de libertad concurren varios factores, entre los que podemos mencionar, el Ãndice de hacinamiento, falta de capacitación laboral integral.
Los internos pueden adquirir nuevos hábitos que los lleven a no reincidir en actos delictivos, asimismo podrÃan convertirse en individuos productivos en una sociedad cada vez más competitiva y discriminativa esto para que el ex privado de libertad pueda trabajar y sustentarse, ya que dentro del penal existe pequeños espacios donde con pequeños talleres particulares resultado de la preocupación y habilidad individual de los internos como la zapaterÃa, carpinterÃa, confección de chamarras, hojalaterÃa, otros y un taller general del penal que no reúne las condiciones mÃnimas de trabajo ni de seguridad e higiene ni cuenta con herramientas ni máquinas.
El efectuar el trabajo depende particularmente de la voluntad de los internos algunas veces con la colaboración de las instituciones privadas como las Organizaciones No Gubernamentales y religiosas, no se practica el trabajo obligatorio. No existe una planificación y organización concreto por parte de las autoridades competentes y gubernamentales para obtener con el trabajo penitenciario y otras actividades a realizar en el penal con el fin de lograr con la rehabilitación de los condenados, una parte de los internos se dedican a la artesanÃa o arte de los artesanos, en este caso realizado por los internos del recinto penitenciario de San Pedro. Entendiendo como una forma de trabajo individual o de pequeños grupos, con una tecnologÃa generalmente rústica o tradicional. La artesanÃa es el producto de la habilidad, experiencia y la capacidad mental del trabajador productos que son después vendidos para la fiesta de la miniatura ( Alasitas ) pero que no es cada mes y tampoco es fuente segura de trabajo , dentro de las clasificaciones de estos pequeños trabajos para subsistir la actividad artesanal se puede clasificar de acuerdo al tipo de trabajo que se realiza; la manufactura, el arte, la utilitaria, la artÃstica una de las principales diferencias es el valor agregado, en el trabajo artesanal está orientado a dotar al producto de atributos tradicionales, que permiten competir en el mercado. La microempresa o “pequeña empresa†tiene como valor agregado la calidad, el precio que toma elementos centrales de la actual sociedad y se establece como un producto competitivo, Sin embargo el trabajo penitenciario es en su mayorÃa es artesanal, un trabajo manual, generalmente sin la tecnologÃa necesaria, solamente se aplican técnicas sencillas para la producción de los productos realizados por los internos.
En la actualidad no se puede hablar de una microempresa estatal, debido a que sencillamente no existe en los centros penitenciarios, porque a duras penas pueden acceder a la artesanÃa ,sin embargo el trabajo causa muchos efectos al interno privado de libertad y en su entorno familiar, en los diferentes ámbitos como ser en lo social, económico, jurÃdico y psicológico, no todos los internos tienen la suerte de contar con un trabajo artesanal, debido a que no existen suficientes talleres ni lugares para poder realizar el trabajo, esto motiva al interno a la ociosidad, vagancia, pereza y esto implica que no podrá ser fácil su reinserción a la sociedad.
Dentro del ámbito jurÃdico podemos evidenciar que no existe una polÃtica de penitenciarÃa para que el trabajo penitenciario sea normada, en la realidad el trabajo artesanal y el impulso a la microempresa es iniciativa de los propios internos o condenados, donde la norma jurÃdica proteja el trabajo del condenado, la justa remuneración por el trabajo realizado el seguro contra accidentes de trabajo, la seguridad industrial, la seguridad social y otros. El trabajo penitenciario debe ser preferente y considerado como un medio eficaz para la rehabilitación y posterior reinserción del condenado a la sociedad pero como un interno después de cumplir su condena puede subsistir con la artesanÃa para sustentarse y sustentar a su familia , lamentablemente no ya que no se considera como una fuente de trabajo y la misma sociedad rechaza a estas personas por lo cual el ex privado de libertad vuelve a delinquir y a ingresar a la cárcel muchas veces por necesidad vuelven a cometer delitos , la sociedad en su conjunto debe entender y ser consciente de que el ex interno que desempeñó el trabajo penitenciario en forma eficiente con una conducta intachable conforme una certificación, tiene la misma capacidad y derecho como cualquier otra persona, para poder desempeñar un trabajo, aquà es importante que la sociedad no utilice el “antecedente†con fines discriminatorios .
En la Ley de Ejecución Penal y Supervisión, no se encuentra este aspecto tan importante como la anterior (Ley de Ejecución de Penas y Sistema Penitenciario
Decreto Ley 11080) señalaba la asistencia post penitenciaria donde como objeto tenÃa proporcionar al sujeto las condiciones ambientales necesarias en que vivirá después de cumplir su condena para evitar su reincidencia.
2.1. Formulación del problema
¿La ausencia de normativa de asistencia post penitenciaria para la inserción socio laboral incide negativamente en la reincidencia delictiva, exclusión social la readaptación social?
3. Delimitación del tema de estudio
3.1. Delimitación Temática.
El tema se enmarca dentro el Derecho Penitenciario, Ãrea Penal y estudio carcelario para obtener la incorporación de la asistencia post penitenciaria hacia la inserción social laboral por delitos menores.
3.2. Delimitación Temporal.
El estudio ha definido un periodo de análisis en la gestión 2017 teniendo en cuenta el análisis estadÃstico de la realidad carcelaria en los centros penitenciarios con polÃticas públicas laborales que permitan capacitar a los internos con un cargo u oficio al momento de ser reinsertadas en la sociedad.
3.3. Delimitación espacial.
El estudio abarca a la ciudad de La Paz, ya que la investigación se realizará en la Penitenciaria de San Pedro donde se abordara el tema de la incorporación de la asistencia post penitenciaria hacia la inserción social laboral.
4. Justificación.
El problema de la presente investigación es ver la realidad del sistema penitenciario que no prevé la situación de los ex privados de libertad , el trabajo para los internos en los recintos carcelarios son dentro del penal , pero que no todos gozan de este beneficio y al momento de cumplir su deuda con la justicia quedan en libertad ,muchos de los ex internos vuelven a delinquir principalmente por la falta de trabajo .Además es importante desde el punto de vista la incorporación de la asistencia post penitenciaria a la inserción socio laboral, el perfeccionamiento de las normas del sistema penitenciario, pero también su importancia se sustenta en el aporte social que se genera cuando la aplicación efectiva de la norma concluye con un mejoramiento de la calidad de los ciudadanos que cumplen su sentencia o que obtienen la redención de la pena.
4.1. Pertinencia de la investigación.
La necesidad de la asistencia post penitenciaria para los ex privados de libertad para su inserción socio laboral el cual beneficia a la seguridad pública no está tomada en cuenta por el gobierno actual , por lo cual la razón y pertinencia del presente trabajo de investigación es evitar la reincidencia, evitar el incremento delincuencial a través de la reincidencia, valga la redundancia lo que se quiere hacer con esta propuesta es de que el ex interno o privado de libertad no vuelva delinquir otra vez a penal , por delitos menores , muchas veces estas personas vuelven al penal porque no se encuentran en un ambiente favorable , por el cual nuevamente cometen un delito es decir ( vuelven a delinquir ) muchas veces por necesidad porque tiene familias hijos y no tiene como sustentar a su familia.
4.2. Relevancia y benéficos de la investigación.
Establece el tema de control post penitenciario mediante el régimen penitenciario y mejora el tema de aplicación normativa.
Fundar por muestra la forma de vida de los " internos como de los liberados proponiendo alternativas que profundicen una reflexión sobre esta realidad, basadas en el respeto a los derechos humanos, en estricta aplicación con las disposiciones legales en materia penitenciaria en Bolivia,
Puntualizar los aspectos más relevantes en materia de asistencia post penitenciaria, otorgando insumos para la elaboración del Reglamento de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión de modo que sea aplicable y coadyuve la incorporación de la asistencia post penitenciaria a la inserción social laboral, es importante porque garantiza la seguridad pública a la sociedad en sÃ.
5. Objetivos de investigación
5.1. Objetivo General.
Establecer la modificación normativa para la inclusión de la asistencia post penitenciaria hacia la inserción socio laboral del privado de libertad por delitos menores para garantizar la seguridad pública.
5.2. Objetivos EspecÃficos.
• Establecer la estadÃstica de delitos menores en el penal de San Pedro
• Evitar que el interno sea puesto en libertad en un ambiente desfavorable.
• Solucionar los problemas de trabajo del interno buscándole ocupación de acuerdo a sus aptitudes e intereses.
• Diseño de los lineamientos para la propuesta de asistencia post penitenciaria socio laboral ,( cuerpo normativo con el objeto de involucrar a la sociedad conjuntamente con el estado en la ejecución de sus polÃticas
• Analizar polÃticas de adaptación, mecanismos dirigidos a convenios interinstitucionales de captación en diferentes rubros asà como la impetuosa necesidad de involucrarles oficios, trabajos a los internos que cumplieron con su condena, esto para brindarles un ambiente favorable, en si una segunda oportunidad para empezar de nuevo.